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11 de Agosto de 2026

Recuerden, a partir de este 15 de enero no se podrá fumar en espacios públicos.Se prohibe exhibición y promoción de cigarros

El nuevo reglamento de la Ley General pata el Control del Tabaco entrará en vigor a partir de este  domingo 15 de enero; contempla ampliar los espacios cien por ciento libres de humo; además de la prohibición de toda forma de publicidad, promoción y patrocinio de cigarros, a través de cualquier medio de comunicación y difusión, incluida la exhibición directa e indirecta de los productos del tabaco en puntos de venta.

Aunque esta noticia ha sido devastadora para la industria del cigarrillo y no ha gustado a fumadores, tiene una razón de ser: Se prevé que, en un horizonte de 10 años, con estas medidas para frenar el consumo de tabaco se eviten más de 49 mil muertes prematuras y 292 mil nuevos casos de enfermedades asociadas al tabaquismo.

Todos sabeos que anteriormente había la permisibilidad que hubiera áreas reservadas para fumadores pero con la entrada en vigor a la Ley General para el Control del Tabaco se redujeron los espacios.

El presente Reglamento tiene por objeto establecer el control, fomento y vigilancia sanitaria de los productos del tabaco, su elaboración, fabricación, importación y prohibiciones en toda forma de publicidad, promoción y patrocinio de los mismos, así como la regulación para la protección contra la exposición al humo de tabaco y sus emisiones.

Este Reglamento es de aplicación obligatoria en todo el territorio nacional y sus disposiciones son de orden público e interés social según se lee en el Artículo 1 del decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

En qué lugares estará prohibido fumar ?

  • Centros de trabajo.
  • Transporte público.
  • Escuelas.
  • Sedes donde se realizan espectáculos.
  • Hoteles.
  • Estadios.
  • Plazas comerciales.
  • Playas, parques o lugares donde se encuentren niñas, niños y adolescentes, así como en los que estén marcados con la leyenda “Espacio libre de humo”
  • Tampoco se podrá fumar en mercados, patios, terrazas, balcones, parques de diversiones, área de juegos o lugares donde permanezcan o se congreguen niñas, niños y adolescentes; parques de desarrollo urbano, deportivos, centros de espectáculos y entretenimiento, así como lugares de consumo o servicio de alimentos o bebidas y paraderos de transporte.

    En los lugares destinados al hospedaje de personas queda estrictamente prohibido fumar, consumir o tener encendido cualquier producto de tabaco o de nicotina en sus habitaciones y áreas con acceso al público en general o de uso común.

¿Cómo se venderán ahora los cigarros en las tiendas?

Como estos productos ya no estarán a la vista del público en centros comerciales, tiendas de conveniencia ni ningún punto de venta; ahora la comercialización de los cigarros deberá realizarse a través de una lista textual y escrita de estos productos con sus precios, sin logotipos, sellos o marcas.