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24 de Julio de 2026

Comisión del Congreso avala reformas electorales; Ayuntamientos tendrán un máximo de 15 regidurías

La Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales del Congreso del Estado aprobó una serie de reformas en materia electoral, organización municipal y funcionamiento legislativo, entre las que destaca el establecimiento de un máximo de 15 regidurías en los Ayuntamientos, así como nuevos criterios para su distribución de acuerdo con el número de habitantes de cada municipio.

Durante la sesión, encabezada por el diputado Julio Miguel Huerta Gómez, las y los integrantes de la comisión avalaron modificaciones al Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla para armonizar la legislación local con las recientes reformas constitucionales en materia electoral y municipal.

Entre los cambios aprobados se establece que la integración de los Ayuntamientos deberá respetar los principios de paridad de género, igualdad sustantiva y perspectiva de género. Además, se prohíbe que personas con vínculos de matrimonio, concubinato, unión de hecho o parentesco cercano con quien ocupe la presidencia municipal participen como candidatas para suceder en el cargo.

Las reformas también incorporan una nueva causal de nulidad por intervención extranjera en los procesos electorales y fijan en tres años el periodo de la presidencia del Tribunal Electoral del Estado. Asimismo, establecen límites a las remuneraciones y prestaciones de consejeros y funcionarios del Instituto Electoral del Estado, en apego a lo dispuesto por la Constitución local.

En materia de integración de los cabildos, la comisión aprobó modificaciones a la Ley Orgánica Municipal para definir el número de regidurías conforme a la población de cada municipio. En el caso de la capital poblana, el Ayuntamiento estará integrado por 11 regidurías de mayoría relativa y cuatro de representación proporcional, para un total de 15.

Los municipios con 90 mil o más habitantes contarán con ocho regidurías de mayoría relativa y cuatro de representación proporcional; aquellos con una población de 60 mil a menos de 90 mil habitantes tendrán ocho de mayoría relativa y tres de representación proporcional; mientras que el resto de los municipios dispondrá de seis regidurías de mayoría relativa y dos de representación proporcional.

En la misma sesión, las y los legisladores aprobaron reformas a la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado para eliminar duplicidad de funciones entre la Secretaría de Gobernación, el Archivo General del Estado y el Instituto Especializado de la Defensoría Pública.

Finalmente, también avalaron modificaciones a la Ley Orgánica del Poder Legislativo y al Reglamento Interior del Congreso para permitir el retiro de iniciativas antes de que se emita el dictamen correspondiente, con el propósito de hacer más eficiente el proceso legislativo y evitar la continuidad de propuestas que hayan perdido viabilidad o respaldo político.