– En sesión ordinaria se presentaron iniciativas y exhortos en materia de gobernación, procuración de justicia y educación
La diputada Celia Bonaga Ruiz presentó un punto de acuerdo en el que exhorta a la Consejería Jurídica del Estado de Puebla, por conducto de la Dirección del Archivo de Notarías, para que establezcan el programa anual denominado “Mes de las Organizaciones No Gubernamentales o de las Asociaciones de la Sociedad Civil”, en el mes de febrero de cada año, en el cual se concentren acciones de difusión, asesoría y acompañamiento a asociaciones ciudadanas interesadas en constituirse legalmente como asociaciones civiles.
Además de implementar precios preferenciales y facilidades administrativas en la elaboración de actas constitutivas y demás instrumentos notariales necesarios para la formalización de las asociaciones civiles.
Asimismo, se exhorta a las Secretarías de Gobernación, de Bienestar y a la Consejería Jurídica del Estado para que realicen campañas de información y orientación jurídica gratuitas, con el propósito de difundir los beneficios y requisitos para constituir organizaciones no gubernamentales o asociaciones de la sociedad civil.
La propuesta legislativa fue turnada a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, para su estudio y resolución correspondiente.
Por otra parte, el diputado José Luis Figueroa Cortés presentó una iniciativa para reformar el artículo 406 del Código Penal del Estado, con el objetivo de tipificar el delito de fraude de usura excesiva con fines de lucro indebido, a fin de sancionar a quienes, mediante engaños, comisiones ocultas, intereses desproporcionados y hostigamiento digital o presencial, afecten el patrimonio y los derechos de las personas.
Para su análisis y resolución respectiva, la iniciativa fue enviada a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia.
Asimismo, la diputada Norma Estela Pimentel Méndez presentó una iniciativa para reformar y adicionar diversas disposiciones del Código Penal del Estado, con el propósito de excluir, en el caso del delito de violencia familiar, la posibilidad de aplicar el mecanismo de indemnatos, y prohibir que las víctimas de este delito concilien o medien con sus agresores, cuando previamente hubo un sometimiento de carácter violento.